Visto: estos antecedentes elevados por la Comisión Nacional de
Educación Física, por los que solicita la derogación del decreto 62/970,
del Poder Ejecutivo de 29 de enero de 1970, que creó la Comisión Nacional
de Mini Basketball.
Resultando: I) Que dicha Comisión tenía por cometidos asesorar la
Comisión Nacional de Educación Física y colaborar con esta en la
organización del referido deporte y realización de competencias en plazas
de deportes y otras dependencias de aquella Comisión como asimismo en
establecimientos de Enseñanza Primaria, Públicos y Privados;
II) Que la Comisión Nacional de Educación Física fundamenta su
solicitud en que la Federación Uruguaya de Basketball ha mostrado especial
preocupación por dicho deporte y trazado planes a su respecto que
comprenden la inclusión dentro de sus actividades de la práctica del
mismo.
Considerando: que sin perjuicio de reconocer la eficacia con que se
han desempeñado las distintas Comisiones designadas para regir el Mini
Basketball, su mantenimiento implicaría una inútil duplicación de
esfuerzos y de cometidos.
Atento: a lo informado por la Asesoría Letrada del Ministerio de
Educación y Cultura,
El Presidente de la República
DECRETA: