Créase un régimen para la importación de "kits" de tractores agrícolas,
así como su ensamblado y complementación en el país, con componentes de
fabricación nacional. Institúyese un Registro de empresas que será
llevado por la Comisión de la Industria Automotriz. Créase un grupo de
trabajo, con la finalidad de proyectar un régimen complementario, que
comprenda tanto a los tractores como a los implementos agrícolas.
Derogada/o por: Decreto Nº 560/973 de 12/07/1973 artículo 19.