DECLARACION DE BIENES PRESCINDIBLES. BIENES FISCALES




Promulgación: 08/06/2005
Publicación: 13/06/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2005
  •    Página: 945
VISTO: que en aplicación de lo establecido en los artículos 732 a 736 de
la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, el Decreto Nº 65/002 de 8 de
febrero de 2002, declaró prescindibles determinados inmuebles del estado
por no ser necesarios para el desenvolvimiento de los cometidos
sustanciales a cargo del Poder Ejecutivo;

RESULTANDO: que el inmueble Padrón Nº 1868 ubicado en el departamento de
Rocha, cuya administración se encuentra a cargo del Ministerio de
Economía y Finanzas, tampoco es necesario para el desenvolvimiento de
dichos cometidos;

CONSIDERANDO: conveniente declararlo prescindible, a efectos de habilitar
su enajenación de acuerdo con el marco reglamentario previsto por los
Decretos 378/002 del 30 de setiembre de 2002 y 370/003 de 10 de setiembre
de 2003;

ATENTO:  a lo expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
                     actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Declárase prescindible para el desenvolvimiento de los cometidos
sustanciales a cargo del Poder Ejecutivo el inmueble ubicado en el
departamento de Rocha, empadronado con el Nº 1.868.

TABARE VAZQUEZ - JOSE DIAZ - MA. BERNABELA HERRERA - DANILO ASTORI -
AZUCENA BERRUTTI - JORGE BROVETTO - VICTOR ROSSI - JORGE LEPRA - JORGE 
BRUNI - MARIA JULIA MUÑOZ - JOSE MUJICA - HECTOR LESCANO - MARIANA ARANA - MARINA ARISMENDI
Ayuda