AUTORIZACION AL COBRO DE TARIFAS DETERMINADAS, AL CONCESIONARIO O AGENTES PRIVADOS QUE OPEREN EN LAS DIFERENTES AREAS DE CONTROL INTEGRADO (ACI) DEL PAIS




Promulgación: 15/06/2023
Publicación: 23/06/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.996 de 03/11/2021 artículo 57.

Artículo 8

   Facúltase al Ministerio de Defensa Nacional, a disponer mediante Resolución actualizaciones de precios con vigencia 1° de enero de cada año.
   La fórmula paramétrica de ajuste a aplicar es la siguiente:

   T1: T0 *(IPC1/IPC0).
   T1: tarifa actualizada.
   T0: tarifa vigente a la fecha de la última actualización.
   IPC1: Índice de Precios al Consumo del penúltimo mes anterior al del ajuste.
   IPC0: Índice de Precios al Consumo utilizado en la última actualización.

   Para el primer ajuste de tarifas se considerará el valor del IPC0 del último día del mes de aprobación del presente Decreto.
   La primera actualización se realizará en el mes anterior a la habilitación de cada parking.
   No se aplicará la fórmula paramétrica precitada, cuando la inflación esperada publicada en el Instituto Nacional de Estadística al 31 de diciembre de cada año, resulte superior.
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