{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "175" 
  ,"anioNorma" : 2018 
  ,"nombreNorma" : "EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. CIUDAD DE LA COSTA. CANELONES" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2018/06/20/16" 
    ,"fechaPromulgacion" : "11/06/2018" 
  ,"fechaPublicacion" : "20/06/2018" 
  ,"vistos" : "    VISTO: La gestión de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.) por la que solicita la designación para ser expropiado, del inmueble empadronado con el N° 40.987(p), ubicado en la Localidad Catastral Ciudad de la Costa, departamento de Canelones;\r\n\r\n   RESULTANDO: I) que el inmueble de referencia, se destinará a la ampliación de la Subestación Solymar 150 kV;\r\n\r\n   II) que el Departamento Bienes Raíces ha fijado la tasación de la fracción a adquirir con arreglo a la Ley N° 19.355 en U.I. 2.680.000 (dos millones seiscientas ochenta mil unidades indexadas);\r\n\r\n   CONSIDERANDO: I) que corresponde acceder a lo solicitado, en mérito a que de tal suerte, la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas podrá brindar el servicio de electrificación con mayor eficacia y seguridad;\r\n\r\n   II) que lo dispuesto por la Ley N° 3.958 de 28 de marzo de 1912 y sus modificativas, Decretos Leyes Nos. 14.694 del 10 de setiembre de 1977 y 15.031 de 4 de julio de 1980;\r\n\r\n   ATENTO: a lo expuesto;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/175-2018/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Designase para ser expropiado por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.) el inmueble empadronado con el N° 40.987 (p) ubicado en la Localidad Catastral Ciudad de la Costa, departamento de Canelones, que según plano de mensura N° 1574 suscrito y confeccionado en el Departamento Bienes Raíces por el Ing. Agrim. Ernesto MUINELO, consta de un área de 1 Há 8045 m2 y se deslinda de la siguiente manera: al Norte tramo recto de 100 metros lindando con el Padrón N° 42.289, al Este tramo recto de 129 metros con 80 centímetros de frente a Camino Vecinal, al Sur, de frente a Ruta Interbalnearia, arco circular de 139 metros con 7 centímetros de desarrollo y 923 metros con 56 centímetros de radio, y al Oeste tramo recto de 226 metros con 25 centímetros lindando con el resto del Padrón N° 40.987.\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> Decreto Nº 11/022 de 10/01/2022 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/11-2022/1\" >1</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/175-2018/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Declárase urgente la toma de posesión del inmueble designado.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/175-2018/3" 
 ,"textoArticulo" : "    La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.) habrá de hacer una reserva prudencial a los efectos de cubrir el monto de la indemnización que en definitiva deberá abonar y dar cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Ley N° 15.027 de 17 de julio de 1980.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/175-2018/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese; etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    TABARÉ VÁZQUEZ - CAROLINA COSSE " 
 }