EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. CIUDAD DE LA COSTA. CANELONES




Promulgación: 11/06/2018
Publicación: 20/06/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: La gestión de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.) por la que solicita la designación para ser expropiado, del inmueble empadronado con el N° 40.987(p), ubicado en la Localidad Catastral Ciudad de la Costa, departamento de Canelones;

   RESULTANDO: I) que el inmueble de referencia, se destinará a la ampliación de la Subestación Solymar 150 kV;

   II) que el Departamento Bienes Raíces ha fijado la tasación de la fracción a adquirir con arreglo a la Ley N° 19.355 en U.I. 2.680.000 (dos millones seiscientas ochenta mil unidades indexadas);

   CONSIDERANDO: I) que corresponde acceder a lo solicitado, en mérito a que de tal suerte, la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas podrá brindar el servicio de electrificación con mayor eficacia y seguridad;

   II) que lo dispuesto por la Ley N° 3.958 de 28 de marzo de 1912 y sus modificativas, Decretos Leyes Nos. 14.694 del 10 de setiembre de 1977 y 15.031 de 4 de julio de 1980;

   ATENTO: a lo expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Designase para ser expropiado por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.) el inmueble empadronado con el N° 40.987 (p) ubicado en la Localidad Catastral Ciudad de la Costa, departamento de Canelones, que según plano de mensura N° 1574 suscrito y confeccionado en el Departamento Bienes Raíces por el Ing. Agrim. Ernesto MUINELO, consta de un área de 1 Há 8045 m2 y se deslinda de la siguiente manera: al Norte tramo recto de 100 metros lindando con el Padrón N° 42.289, al Este tramo recto de 129 metros con 80 centímetros de frente a Camino Vecinal, al Sur, de frente a Ruta Interbalnearia, arco circular de 139 metros con 7 centímetros de desarrollo y 923 metros con 56 centímetros de radio, y al Oeste tramo recto de 226 metros con 25 centímetros lindando con el resto del Padrón N° 40.987.

(*)Notas:
Ver: Decreto Nº 11/022 de 10/01/2022 artículo 1.

   TABARÉ VÁZQUEZ - CAROLINA COSSE
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