{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "175" 
  ,"anioNorma" : 2014 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DEL ESTATUTO DEL FUNCIONARIO DEL BANCO CENTRAL DEL URUGUAY" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2014/06/30/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "23/06/2014" 
  ,"fechaPublicacion" : "30/06/2014" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2014 
  ,"pagina" : 1307 
  } 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/175-2014?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : " VISTO: la iniciativa del Directorio del Banco Central del Uruguay para\r\nmodificar disposiciones del Estatuto del Funcionario de esa Institución,\r\naprobado por Decreto N° 190/993 de 26 de abril de 1993, modificado por los\r\nDecretos números 517/994 de 29 de noviembre de 1994, 22/003 de 21 de enero\r\nde 2003, 307/003 de 30 de julio de 2003, 19/005 de 13 de enero de 2005,\r\n487/009 de 19 de octubre de 2009 y 205/010 de 5 de julio de 2010.-\r\n\r\nRESULTANDO: que a través de la misma se solicita al Poder Ejecutivo\r\nmodificar los artículos 15 y 20 del mencionado Estatuto, en el primer caso\r\npara conferir mayor celeridad y seguridad jurídica al plazo para la toma\r\nde posesión del cargo luego de la designación y en el segundo caso para\r\najustar al régimen de incompatibilidades de los funcionarios a las normas\r\nde probidad y conducta en la función pública establecidas en los artículos\r\n27 y 28 del Decreto N° 30/003 de 23 de enero de 2003 y en la Ley N° 17.060\r\nde 23 de diciembre de 1998.-\r\n\r\nCONSIDERANDO: que se estima conveniente proceder a la aprobación de la\r\nreforma estatutaria propuesta.-\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto en el artículo 63 de\r\nla Constitución de la República, en la Ley N° 17.060 de 23 de diciembre de\r\n1998 y el Decreto N° 30/003 de 23 de enero de 2003.-\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/175-2014/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Modifícanse los artículos 15 y 20 del Estatuto del Funcionario del Banco\r\nCentral del Uruguay, aprobado por Decreto N° 190/993 de 26 de abril de\r\n1993, modificado por los Decretos números 517/994 de 29 de noviembre de\r\n1994, 22/003 de 21 de enero de 2003, 307/003 de 30 de julio de 2003,\r\n19/005 de 13 de enero de 2005, 487/009 de 19 de octubre de 2009 y 205/010\r\nde 5 de julio de 2010, los que quedarán redactados de la siguiente manera:\r\n (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/175-2014/1\" >Texto/imagen</a>.\r\n" 
 ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/175-2014/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/175-2014/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese y archívese.-\r\n " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " JOSÉ MUJICA - MARIO BERGARA\r\n " 
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