{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "175" 
  ,"anioNorma" : 2008 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DE LA REFORMULACION DE LA ESTRUCTURA DE CARGOS. DIRECCION\r\nGENERAL DE SECRETARIA. DIRECCION GENERAL DE LA SALUD" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2008/04/01/19" 
    ,"fechaPromulgacion" : "24/03/2008" 
  ,"fechaPublicacion" : "01/04/2008" 
 ,"RNLD" : {  
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  ,"anio" : 2008 
  ,"pagina" : 711 
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  ,"vistos" : " VISTO: el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 460/001 del 27 de noviembre de\r\n2001;\r\n\r\nRESULTANDO: I) que por el Anexo I Capítulo III del mismo se aprobó la\r\nreformulación de la Estructura Organizativa de las Unidades Ejecutoras del\r\nMinisterio de Salud Pública;\r\n\r\nII) que la Dirección del Centro Auxiliar de Young solicita el cambio de\r\ndenominación de dicho establecimiento por el de Hospital de Young;\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que el cambio de denominación propuesto responde a la\r\nsatisfacción de demandas de la población y al ajuste en cuanto a la\r\ncomplejidad actual del establecimiento el cual se encuentra en etapa de\r\nfortalecimiento;\r\n\r\nII) que dentro del Nivel de resolución que posee el establecimiento se\r\nencuentran, los Sevicios de Urgencia, Emergencia, Cirugía,\r\nGinecotocología, Pediatría, Traumatología, Obstetricia, Odontología,\r\nRadiología, Laboratorio, Hemoterapia, Internación de Niños y Adultos,\r\nBlock Quirúrgico, Esterilización, Departamento de Enfermería y\r\nPoliclínicas Externas;\r\n\r\nIII) que es una necesidad requerida por la población de Young que su\r\nprincipal Institución Pública se denomine acorde a la magnitud que se le\r\notorga por el protagonismo social;\r\n\r\nIV) que por lo expresado, siguiendo la clasificación descripta \"Red\r\nAsistencial de A.S.S.E.\", se estima procedente que pase a denominarse el\r\nactual Centro Auxiliar de Young como Hospital de Young;\r\n\r\nV) que la Dirección de la Administración de los Servicios de Salud del\r\nEstado y la Asesoría Legal de la Administración de los Servicios de Salud\r\ndel Estado no formulan objeción a lo solicitado;\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
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 ,"textoArticulo" : "  Modifícase el Anexo I - Capítulo III: Estructura Organizativa de las\r\nUnidades Ejecutoras del Ministerio de Salud Pública - del Decreto del\r\nPoder Ejecutivo Nº 460/001 del 27 de noviembre de 2001, en el sentido que\r\ndonde dice: \"040 - Centro Auxiliar de Young\" debe decir \"040 - Hospital de\r\nYoung\".\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
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 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese.\r\n " 
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  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - MARIA JULIA MUÑOZ - DANILO ASTORI\r\n " 
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