EMISION DE TITULOS DE DEUDA DE URUGUAY, EN PESOS URUGUAYOS Y/O DOLARES ESTADOUNIDENSES




Promulgación: 21/07/2026
Publicación: 10/08/2026
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 2

   Los títulos de deuda a emitirse serán nominativos y llevarán las firmas impresas del Ministro de Economía y Finanzas y de la Contadora General de la Nación y serán colocados en el mercado internacional en la modalidad y condiciones requeridas en dicho mercado.
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