FUNCIONARIOS MILITARES - CARGOS




Promulgación: 05/05/1992
Publicación: 03/07/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese y pase a sus efectos a la Dirección Financiero
Contable del Ministerio de Defensa Nacional, a la Dirección General de los
Servicios de las Fuerzas Armadas y a la Contaduría General de la Nación.
Cumplido, archívese.   
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