Las Intendencias Municipales y Jefaturas de Policía Departamentales,
cooperarán en las actividades de propaganda, apoyo y enlace, pudiendo la
Dirección General de Estadística y Censos solicitar de otros organismos
públicos, la colaboración y los servicios de determinados funcionarios
para que participen en las operaciones censales, los que serán
considerados como cumpliendo funciones en su oficina de origen.