REALIZACION DEL II CENSO ECONOMICO NACIONAL




Promulgación: 17/03/1979
Publicación: 17/04/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1979
  •    Página: 407

Artículo 5

   Las Intendencias Municipales y Jefaturas de Policía Departamentales,
cooperarán en las actividades de propaganda, apoyo y enlace, pudiendo la
Dirección General de Estadística y Censos solicitar de otros organismos
públicos, la colaboración y los servicios de determinados funcionarios
para que participen en las operaciones censales, los que serán
considerados como cumpliendo funciones en su oficina de origen.
Ayuda