{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "171" 
  ,"anioNorma" : 2022 
  ,"nombreNorma" : "INCORPORACION AL ORDENAMIENTO JURIDICO INTERNO LA RESOLUCION GMC N° 26/19, RELATIVA A \"DISPOSICIONES SOBRE EL SERVICIO MOVIL MARITIMO EN LA BANDA VHF\". MODIFICACION DE RESOLUCION GMC N° 30/98" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2022/05/31/10" 
    ,"fechaPromulgacion" : "24/05/2022" 
  ,"fechaPublicacion" : "31/05/2022" 
  ,"vistos" : "    VISTO: la Resolución 26/19 del Grupo Mercado Común relativa a las \"DISPOSICIONES SOBRE EL SERVICIO MÓVIL MARÍTIMO EN LA BANDA DE VHF (MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC N° 30/98)\";\r\n\r\n   RESULTANDO: que la Resolución GMC N° 30/98 aprobó las \"Disposiciones sobre el Servicio Móvil Marítimo en la Banda de VHF\";\r\n\r\n   CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a las modificaciones introducidas al Reglamento de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) por las Conferencias Mundiales de Radiocomunicaciones de 2012 y 2015, resulta necesario actualizar dicha norma;\r\n\r\n   II) que es oportuno sustituir el artículo IV relativo a la \"Afectación de los Canales\" del Anexo de la Resolución GMC N° 30/98, así como los anexos I y II de la citada norma, tal cual lo establece la Resolución GMC 26/19;\r\n\r\n   III) que conforme a lo dispuesto en el artículo 38 del Protocolo Adicional al Tratado de Asunción sobre Estructura Institucional del MERCOSUR, Protocolo de Ouro Preto y su anexo, aprobado por Ley N° 16.712, de 1 de setiembre de 1995, los Estados Partes se comprometen a adoptar las medidas necesarias para asegurar en sus respectivos territorios el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos del MERCOSUR previstos en el artículo 2 del referido Protocolo;\r\n\r\n   IV) que la Resolución Mercosur/GMC/RES. N° 26/19 no contiene disposiciones que contraríen la legislación y el orden público interno, correspondiendo en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 38, 40 y 42 del Protocolo Adicional citado, declarar aplicable al derecho interno la referida Resolución, como lo dispone el artículo 3 de la misma;\r\n\r\n   V) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería no tiene objeciones de índole jurídica que realizar;\r\n\r\n   ATENTO: a que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en la Decisión CMC N° 20/02;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/171-2022/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Incorpórase al Derecho interno, a partir de su publicación en el Diario Oficial, la Resolución del Grupo Mercado N° 26/19 relativa a las \"Disposiciones sobre el Servicio Móvil Marítimo en la Banda de VHF (Modificación de la Resolución GMC N° 30/98)\". (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-internacional/171-2022/1\" >Texto de la Norma Internacional</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/171-2022/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese a la Secretaría de Mercosur a través de la Coordinación Nacional del Grupo Mercado Común, la incorporación al ordenamiento jurídico interno de la referida Resolución.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/171-2022/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese y pase a sus efectos a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    BEATRIZ ARGIMÓN - JOSE LUIS FALERO - FRANCISCO BUSTILLO\r\n " 
 }