Reglamentario/a de: Ley Nº 17.930 de 19/12/2005 artículo 232.
Artículo 11
Los responsables de cada Dirección, en función de las resoluciones
tomadas por los respectivos Comités de Selección y plasmadas en Actas,
elevarán propuestas de dar alta en el régimen de horas docentes. El primer
día de trabajo quedará establecido en la resolución correspondiente. Las
personas designadas tendrán derecho a recibir copia de la referida
resolución que comunica el régimen contractual.