Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 2
Dentro del rubro "Retribución de Servicios Personales", se crea una partida de "Suplencias Funcionarios", la que será utilizada exclusivamente para cubrir las licencias extraordinarias, o por enfermedad de duración prolongada, así como las licencia por maternidad, previa resolución del Directorio.