Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Prorrógase el plazo fijado por el artículo 2 del Decreto N° 30/973, para
la entrega del trigo en los locales habilitados únicamente por el
Ministerio de Ganadería y Agricultura.
Artículo 1
(*)Notas:
Modificado y/o Anotado (referencias acotadas):
Decreto Nº 476/973 de 28/06/1973 artículo 1,
Decreto Nº 286/973 de 12/04/1973 artículo 1.