Establécese que las Compañías de Transporte Aéreo y Marítimo Internacionales deberán presentar declaración Jurada sobre nómina de pasajes vendidos durante los años 1970 y 1971.
Modificado y/o Anotado (referencias acotadas): Decreto Nº 261/972 de 13/04/1972 artículo 1.