TRANSFORMACION DE CARGOS VACANTES DE LA "INSPECCION GENERAL DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL"




Promulgación: 06/06/2016
Publicación: 20/06/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: Lo dispuesto por el artículo 62 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010 en la redacción dada por el artículo 8 de la Ley N° 19.149 de 24 de octubre de 2013.

   RESULTANDO: Que la citada disposición autoriza al Poder Ejecutivo, a instancias de los organismos comprendidos en los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional, a utilizar los créditos de los cargos vacantes a efectos de la transformación de los que se consideren necesarios para su funcionamiento.

   CONSIDERANDO: I) La solicitud del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

   II) Que existe informe previo y favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil, de la Contaduría General de la Nación y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto respecto de las transformaciones de cargos solicitadas.

   ATENTO: A lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010 en la redacción dada por el artículo 8 de la Ley N° 19.149 de 24 de octubre de 2013 y a lo preceptuado por el Decreto N° 334/011 de fecha 21 de setiembre de 2011.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Autorizar la transformación de los cargos vacantes en los cargos que se proponen en el Anexo, correspondientes a la Unidad Ejecutora 007 "Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social", del Inciso 13 "Ministerio de Trabajo y Seguridad Social", que se considera parte integrante de este Decreto.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 170/016 de 
06/06/2016.

   TABARÉ VÁZQUEZ - ERNESTO MURRO - DANILO ASTORI
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