SE DECLARA DE INTERES NACIONAL EL USO DE AGENTES DE CONTROL BIOLOGICO PARA LA PRODUCCION AGRICOLA




Promulgación: 09/05/2007
Publicación: 15/05/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 894
Referencias a toda la norma

Artículo 6

 Prohíbese la introducción, liberación, utilización y comercialización cualquiera sea la forma o el régimen aplicable, de agentes de control biológico que no den cumplimiento a las disposiciones del presente Decreto y las que se establezcan en el marco del mismo.
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