{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "17" 
  ,"anioNorma" : 2024 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DE LOS VALORES DE LAS REMUNERACIONES ANUALES PARA LAS INSTALACIONES DEL SISTEMA INTERCONECTADO NACIONAL Y LOS CARGOS UNITARIOS RESPECTIVOS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2024/01/24/14" 
    ,"fechaPromulgacion" : "17/01/2024" 
  ,"fechaPublicacion" : "24/01/2024" 
  ,"vistos" : "    VISTO: los valores de las remuneraciones anuales reconocidas de las instalaciones del Sistema Interconectado Nacional, los cargos unitarios por el uso de dichas instalaciones, y sus paramétricas de ajuste;\r\n\r\n   RESULTANDO: que la Dirección Nacional de Energía, de acuerdo a lo encomendado por el artículo 2 del Decreto N° 399/022, de 15 de diciembre de 2022, elaboró una nueva paramétrica de ajuste y estableció los valores de las remuneraciones anuales reconocidas para las instalaciones de los Sistemas de Trasmisión, de Subtrasmisión y de Distribución de 22 kV, 15 kV y 6,4 kV de energía eléctrica, y los valores de los cargos unitarios por el uso de dichas instalaciones;\r\n\r\n   CONSIDERANDO: I) que corresponde aprobar los valores de las remuneraciones anuales reconocidas de las instalaciones del Sistema Interconectado Nacional y de los cargos unitarios por el uso de dichas instalaciones, conforme a una nueva paramétrica;\r\n\r\n   II) que la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua establecerá a partir de enero de 2024 dichos valores;\r\n\r\n   ATENTO: a lo expuesto, y lo informado por la Dirección Nacional de Energía;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/17-2024/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Los valores de las remuneraciones anuales reconocidas de las instalaciones del Sistema Interconectado Nacional y de los cargos unitarios por el uso de dichas instalaciones, se reajustarán anualmente de acuerdo con la variación del Consumer Price Index publicado por el Bureau of Labor Statistics de Estados Unidos, aplicando la siguiente fórmula:\r\n \r\n  <IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0> \r\n\r\n   Valorn+i = valor reajustado en el año n + 1\r\n   Valor0 = valor base\r\n   CPI = Índice de Precios al Consumidor de EE.UU., categoría consumidores urbanos (CPIU) serie CUUR0000SA0, publicado en la web (http://data.bls.gov/cgi-bin/srgate)\r\n   CPIdiciembre_año_n = valor del índice CPI en el mes de diciembre del año n, con tres cifras decimales\r\n   n = año previo al año del cálculo del reajuste\r\n   CPIdiciembre_año_0 = valor del índice CPI en el mes de diciembre del año base, con tres cifras decimales\r\n   El año base corresponde al año de valorización de las instalaciones del Sistema Interconectado Nacional.\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0 ><b><font color=\"#008200\">&nbsp;Ampliar información en imagen electrónica:</font></b> Decreto <a href=\"/diariooficial/2024/01/24/14\" target=\"_blank\">Nº 17/024</a> de \r\n17/01/2024.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/17-2024/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Apruébanse los valores de las remuneraciones anuales reconocidas para las instalaciones de los Sistemas de Trasmisión, de Subtrasmisión y de Distribución de 22 kV, 15 kV y 6,4 kV de energía eléctrica, y los valores de los cargos unitarios por el uso de dichas instalaciones, para el año 2023.\r\n   La Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua establecerá los valores que regirán a partir de enero de los siguientes años, aplicando las fórmulas de ajuste de este Decreto. Los valores serán publicados en su sitio web.\r\n\r\n  <IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0> " 
  ,"notasArticulo" : "<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0 ><b><font color=\"#008200\">&nbsp;Ampliar información en imagen electrónica:</font></b> Decreto <a href=\"/diariooficial/2024/01/24/14\" target=\"_blank\">Nº 17/024</a> de \r\n17/01/2024.\r\n<b>Ver en esta norma, artículos:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/17-2024/3\" >3</a> y <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/17-2024/4\" >4</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/17-2024/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Los valores fijados en el artículo 2 se reajustarán anualmente aplicando la siguiente fórmula, hasta que se apruebe una nueva valorización de las instalaciones del Sistema Interconectado Nacional;\r\n \r\n  <IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0> \r\n\r\n   Valorn+1 = valor reajustado en el año n + 1 \r\n\r\n   Valor0 = valor fijado en el artículo 2\r\n\r\n   CPI = Índice de Precios al Consumidor de EE.UU., categoría consumidores urbanos (CPI-U) serie CUUR0000SA0, publicado en la web (http://data.bls.gov/cgi-bin/srgate)\r\n\r\n   CPIdiciembre año n = valor del índice CPI en el mes de diciembre del año n, con tres cifras decimales\r\n\r\n   n = año previo al año del cálculo del reajuste\r\n\r\n   CPIdiciembre año 2022 = valor del índice CPI en el mes de diciembre del año 2022, con tres cifras decimales, el cual es igual a 296,797\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0 ><b><font color=\"#008200\">&nbsp;Ampliar información en imagen electrónica:</font></b> Decreto <a href=\"/diariooficial/2024/01/24/14\" target=\"_blank\">Nº 17/024</a> de \r\n17/01/2024.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/17-2024/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Los valores fijados en el artículo 2 se aplicarán a usos posteriores a la publicación de este Decreto en el Diario Oficial.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/17-2024/5" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese y, cumplido, archívese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    LACALLE POU LUIS - ELISA FACIO - ALEJANDRO IRASTORZA " 
 }