El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 2
Encomiéndase al Ministerio de Industria, Energía y Minería conjuntamente con el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, el Ministerio de Economía y Finanzas, y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, analizar la incidencia de los beneficios comerciales tarifarías de UTE, y su mantenimiento, adecuación, o cese, dentro de las medidas de apoyo que atiendan las dificultades que enfrente la cadena productiva láctea.