APROBACION DEL REGLAMENTO DE CALIFICACIONES DE LOS FUNCIONARIOS DEL ESCALAFON "M" SERVICIO EXTERIOR




Promulgación: 06/06/2013
Publicación: 12/06/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2013
  •    Página: 1088
Referencias a toda la norma

Capitulo IX
de la calificación final

Artículo 40

 Los funcionarios que no hubieran prestado servicios por causas
justificadas o no, serán calificados por los períodos en que hayan
trabajado, a cuyos efectos, se abatirá porcentualmente el puntaje
correspondiente.

No obstante, no se efectuará ese abatimiento porcentual en los siguientes
casos:
a)     Licencias reglamentarias;
b)     Licencias por enfermedad, por un lapso que no supere los noventa
       días en el año;
c)     Licencias por maternidad;
d)     Otras licencias extraordinarias, por un lapso que no supere los
       treinta días al año; e
e)     Inasistencias por suspensión preventiva, cuando la resolución del
       sumario no imponga sanción.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 41.
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