{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "169" 
  ,"anioNorma" : 2008 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DEL DECRETO 220/998 RELATIVO A LA REGLAMENTACION DEL IVA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2008/03/31/7" 
    ,"fechaPromulgacion" : "24/03/2008" 
  ,"fechaPublicacion" : "31/03/2008" 
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  ,"anio" : 2008 
  ,"pagina" : 704 
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  ,"vistos" : " VISTO: la solicitud de modificar la redacción del numeral 6) del artículo\r\n39 del Decreto N° 220/998, de 12 de agosto de 1998, de forma tal que se\r\nelimine la referencia a las medidas de la tela antigranizo, a efectos de\r\nconsiderar el bien como insumo agropecuario exonerado del Impuesto al\r\nValor Agregado.\r\n\r\nRESULTANDO: que no existen razones técnicas para limitar la exoneración\r\nfiscal solamente a una medida determinada.\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que el literal G) del numeral 1° del artículo 19 del\r\nTexto Ordenado 1996, exonera del Impuesto al Valor Agregado a los bienes a\r\nemplearse en la producción agropecuaria y materias primas para su\r\nelaboración, facultando al Poder Ejecutivo a determinar la nómina de\r\nbienes comprendidos.\r\n\r\nII) que el numeral 6) del artículo 39 del Decreto N° 220/998 citado, es el\r\nque incluye a la tela antigranizo como bien exonerado.\r\n\r\nATENTO: a lo expuesto.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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 ,"textoArticulo" : "  (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Este artículo dio nueva redacción a:</font></b> Decreto Nº 220/998 de 12/08/1998 \r\nartículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/220-1998/39\" >39</a> numeral 6º).\r\n" 
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 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc.-\r\n " 
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  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - DANILO ASTORI\r\n " 
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