{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "169" 
  ,"anioNorma" : 1988 
  ,"nombreNorma" : "COMERCIO EXTERIOR. EXPORTACIONES. IMPORTACIONES" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1988/04/21/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "10/02/1988" 
  ,"fechaPublicacion" : "21/04/1988" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1988 
  ,"pagina" : 111 
  } 
  ,"vistos" : "    Visto: los análisis realizados por la Comisión Asesora creada por el\r\nartículo 9º del decreto 5/983 de 5 de enero de 1983.\r\n\r\n  Considerando: que de los mismos surge la conveniencia de fijar Precios\r\nMínimos de Exportación, de carácter definitivo, para la importación de\r\nsoda cáustica a partir del vencimiento del Precio Mínimo de Exportación\r\nque rige actualmente.\r\n\r\n  Atento: a lo dispuesto por los decretos 5/983 de 5 de enero de 1983\r\ny 141/984 de 10 de abril de 1984.\r\n\r\n  El Presidente de la República\r\n\r\n                                DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/169-1988/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Fíjase por un período de 10 (diez) meses a partir del vencimiento del\r\nPrecio Mínimo de Exportación fijado por el decreto 563/987 de 23 de\r\nsetiembre de 1987, los siguientes Precios Mínimos de Exportación, de\r\ncarácter definitivo, para los productos que se detallan:\r\n\r\n- Soda cáustica sólida, en escamas y demás (Item NADI 28.17.01.91) U$S\r\n  300,00 (trescientos dólares de los Estados Unidos de América) la\r\n  tonelada CIF.\r\n\r\n- Soda cáustica solución (expresada en soda cáustica al 100%) (Item\r\n  NADI 28.17.01.99) U$S 260,00 (doscientos sesenta dólares de los\r\n  Estados Unidos de América) la tonelada CIF.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/169-1988/2" 
 ,"textoArticulo" : "     Comuníquese, publíquese en 2 (dos) diarios de la capital, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - RICARDO ZERBINO CAVAJANI - JORGE PRESNO HARAN\r\n " 
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