APROBACION DE UNA NUEVA ESTRUCTURA DE PRECIOS DE LA CARTERA DE SERVICIOS MOVILES MASIVOS. 1º ABRIL DE 2020




Promulgación: 12/06/2020
Publicación: 22/06/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la Resolución N° 293/20 de 19 de marzo de 2020 de la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL);

   RESULTANDO: que por la citada Resolución, la Administración Nacional de Telecomunicaciones aprueba la propuesta de la nueva estructura de precios de la cartera de servicios móviles masivos, en el marco de lo dispuesto en el inciso II del artículo 12 del Decreto Ley N° 14.235 de 25 de julio de 1974, en la redacción dada por el artículo 13 de la Ley N° 16.211 de 1 de octubre de 1991, remitiéndola al Poder Ejecutivo;

   CONSIDERANDO: I) que las gerencias competentes de ANTEL realizaron los análisis de costos en el marco de lo dispuesto por el inciso II del artículo 12 del Decreto Ley N° 14.235 en su actual redacción;

   II) que en cumplimiento del precepto de asegurar una administración eficiente consagrado en el artículo 60 de la Constitución de la República, corresponde acceder a lo solicitado por el Servicio Descentralizado Administración Nacional de Telecomunicaciones en base a los fundamentos que allí se expresan, que se comparten;     

   III) que tratándose de estrategias de marketing, la divulgación de determinada información relativa a procesos y productos vinculada a esta decisión, puede suponer pérdida de ventajas competitivas frente a otros actores del mercado nacional de telecomunicaciones;

   IV) que surgen en obrados informes de la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería, los cuales avalan lo resuelto por ANTEL;

   ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido en el artículo 60 de la Constitución de la República, en el artículo 12 del Decreto Ley N° 14.235 de 25 de julio de 1974 en la redacción dada por el artículo 13 de la Ley N° 16.211 de 1 de octubre de 1991, los artículos 9 literal E) y 13 de la Ley N° 18.381 de 17 de octubre de 2008, en los artículos 1 y 2 del Decreto N° 310/980 de 3 de junio de 1980, y a la Resolución N° 293/20 de 19 de marzo de 2020 de la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL);

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase la nueva estructura de precios de la cartera de servicios móviles masivos de acuerdo al Anexo adjunto  a la presente, que tendrá vigencia a partir del 1 de abril de 2020.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 168/020 de 
12/06/2020.

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese, etc.

   LACALLE POU LUIS - OMAR PAGANINI - AZUCENA ARBELECHE
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