{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "168" 
  ,"anioNorma" : 2012 
  ,"nombreNorma" : "PARTICIPACION DE VOLUNTARIOS EN LA PRESTACION DEL SERVICIO DE EMERGENCIA\r\nDE LA DIRECCION NACIONAL DE BOMBEROS. MODIFICACION" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2012/06/05/7" 
    ,"fechaPromulgacion" : "29/05/2012" 
  ,"fechaPublicacion" : "05/06/2012" 
 ,"RNLD" : {  
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  ,"anio" : 2012 
  ,"pagina" : 1212 
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  ,"vistos" : " VISTO: los dispuesto en el Decreto N° 534/005 de 26 de diciembre de 2005\r\nque reglamenta la participación de voluntarios en la prestación del\r\nservicio de emergencia de la Dirección Nacional de Bomberos.\r\n\r\nRESULTANDO: I) Que la Dirección Nacional de Bomberos recibe múltiples\r\nsolicitudes de instalación de Destacamentos en localidades del interior\r\ndel país.\r\n\r\nII) Que tal demanda permanece insatisfecha por la falta de funcionarios en\r\ncantidad suficiente para atenderlas.\r\n\r\nIII) Que el artículo 2° del Decreto N° 534/005 en su actual redacción\r\nlimita el empleo del voluntario en tareas de mínimo riesgo que no\r\nsignifiquen exposición directa al siniestro.\r\n\r\nCONSIDERANDO: Que es oportuno y conveniente permitir el empleo del\r\nvoluntario en tareas que impliquen exposición directa al siniestro, como\r\nexcepción, cuando esté al mando de funcionarios de la Dirección Nacional\r\nde Bomberos, y ello permita la instalación de servicios de Bomberos en\r\nlocalidades donde actualmente no existen.\r\n\r\nATENTO: a lo establecido por el artículo 168 ord. 4° de la Constitución de\r\nla República;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
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 ,"textoArticulo" : "  (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Este artículo dio nueva redacción a:</font></b> Decreto Nº 534/005 de 26/12/2005 \r\nartículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/534-2005/2\" >2</a>.\r\n" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
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 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y\r\nDecretos. Oportunamente, archívese por la Dirección Nacional de Bomberos.\r\n " 
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  ,"firmantes" : " JOSÉ MUJICA - EDUARDO BONOMI\r\n " 
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