{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "167" 
  ,"anioNorma" : 2020 
  ,"nombreNorma" : "DEROGACION DEL LITERAL C) DEL ART. 6º DEL REGLAMENTO DE CONCURSO PARA INGRESO COMO ALFEREZ DE LOS SERVICIOS GENERALES DE LA DIRECCION NACIONAL DE SANIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS\r\n\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2020/06/18/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "12/06/2020" 
  ,"fechaPublicacion" : "18/06/2020" 
  ,"vistos" : "    VISTO: el literal c) del artículo 6° del Reglamento de Concurso para Ingreso como Alférez de los Servicios Generales de la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas, aprobado por el Decreto 24/003 de 21 de enero de 2003 en la redacción dada por el Decreto 412/004 de 16 de noviembre de 2004;\r\n\r\n   RESULTANDO: que por el citado literal se establece como requisito de ingreso, no tener más de 40 años a la fecha de ingreso;\r\n\r\n   CONSIDERANDO: I) que es necesario adaptar la normativa vigente a los requerimientos actuales de la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas, flexibilizando el acceso a las vacantes existentes;\r\n\r\n   II) que en virtud de lo expresado, se estima pertinente derogar el límite de edad previsto por la reglamentación, para el ingreso como Alférez de los Servicios Generales de la citada Dirección Nacional;\r\n\r\n   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por la Asesoría Letrada de la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas y por el Departamento Jurídico-Notarial, Sección Jurídica del Ministerio de Defensa Nacional;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/167-2020/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Derogar el literal c) del artículo 6° del Reglamento de Concurso para Ingreso como Alférez de los Servicios Generales de la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas, aprobado por el Decreto 24/003 de 21 de enero de 2003 en la redacción dada por el Decreto 412/004 de 16 de noviembre de 2004. (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-reglamento/167-2020/1\" >Texto</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/167-2020/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    LACALLE POU LUIS - JAVIER GARCÍA " 
 }