EXPORTACION DE SERVICIOS. IMPOSICION DE IVA A LOS SERVICIOS DE CONTROL DE CALIDAD




Promulgación: 30/04/2003
Publicación: 06/05/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 925
VISTO: lo dispuesto por el inciso segundo del artículo 5º del Título 10 
del Texto Ordenado 1996.-

RESULTANDO: que la referida disposición faculta al Poder Ejecutivo a 
determinar cuales son las operaciones que quedan comprendidas en el 
concepto de exportación de servicios.-

CONSIDERANDO: I) que los servicios de control de calidad, asesoramiento, 
así como los derivados de la actividad de comisionistas, prestados 
exclusivamente a personas del exterior que son adquirentes de bienes y 
servicios exportados desde el Uruguay, encuadran en el referido 
concepto.-

II) que su inclusión en la norma referida favorece la competitividad de 
nuestras exportaciones.-

ATENTO: a lo expuesto.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 A efectos del Impuesto al Valor Agregado, inclúyese en la nómina de 
exportaciones de servicios, a los servicios de control de calidad, 
asesoramiento y a los derivados de la actividad de comisionistas, 
prestados exclusivamente a personas del exterior en relación a 
exportaciones de bienes y servicios realizadas desde la República a los 
referidos sujetos del exterior.-

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese, etc.-

BATLLE - ALEJANDRO ATCHUGARRY


Ayuda