INTERES NACIONAL - PROMOCION INDUSTRIAL




Promulgación: 04/04/1990
Publicación: 23/05/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1990
  •    Página: 363
    Visto: que el decreto 381/986 de 23 de julio de 1986 ha caducado el 28
de febrero de 1990.

    Resultando: que dicha norma establecía un régimen de Promoción a la
inversión productiva en la actividad de prospección, exploración,
explotación, proceso de transformación de piedras semipreciosas y
actividades relacionadas.

    Considerando: conveniente continuar desarrollando una política que
tienda a fomentar la inversión en dicha actividad.

    Atento: a lo establecido por el artículo 4º literal b) del decreto ley
14.629 de 5 de enero de 1977 con la redacción dada por el artículo 2º del
decreto ley 14.988 de 7 de enero de 1980 y artículo 27 del mismo decreto
ley; el artículo 524 del decreto ley 14.189 de 30 de abril de 1974: el
artículo 2 de la ley 12.670 de 17 de diciembre de 1959, el decreto ley
14.178 de 28 de marzo de 1974 y el decreto 5/970 de 2 de enero de 1970,

                      El Presidente de la República

                                   DECRETA:

Artículo 1

    Extiéndase la vigencia del decreto 381/986 de 23 de julio de 1986
hasta el 31 de diciembre de 1990.

Artículo 2

    El certificado expedido por el Centro Nacional de Política y
Desarrollo Industrial tendrá una vigencia de 360 días a partir de la fecha
de su expedición.

    Los certificados expedidos antes de la caducidad del mencionado
decreto y que aún no hayan sido utilizados, mantendrán su validez hasta el
vencimiento del plazo mencionado en el inciso anterior.

Artículo 3

    El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en
dos diarios de circulación nacional.

Artículo 4

    Dése cuenta a la Asamblea General.

Artículo 5

    Comuníquese, publíquese, etc.

LACALLE HERRERA - AUGUSTO MONTESDEOCA - HECTOR GROS ESPIELL - ENRIQUE
BRAGA SILVA
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