{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "167" 
  ,"anioNorma" : 1977 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DE LOS PRECIOS CIF (PROMEDIO) PARA LA IMPORTACION DE PILAS SECAS COMUNES" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1977/03/30/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "23/03/1977" 
  ,"fechaPublicacion" : "30/03/1977" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1977 
  ,"pagina" : 491 
  } 
  ,"vistos" : "    Visto: el artículo 2º de la ley 12.670 de 17 de diciembre de 1959, por\r\nel que se faculta al Poder Ejecutivo a establecer recargos del precio CIF\r\na  las mercaderías de importación y la resolución de fecha 26 de diciembre\r\nde 1961 del Ministerio de Hacienda que reglamentó la forma de presentación\r\ny aplicación de los valores CIF de importación.\r\n\r\n   Considerando: I) Que la firma American Producto S.A., se ha presentado\r\nsolicitando modificación de los precios CIF de la importación vigente para\r\nla importación de pilas secas comunes, aportando documentación probatoria\r\nde los nuevos valores propuestos;\r\n\r\n   II) Que hubo oposiciones a este petitorio, basados en la presentación\r\nde la documentación respectiva;\r\n\r\n   III) Que la oposición planteada por la Asociación de Importadores de\r\nArtículos de Electricidad y Radio (A1-DAER) reflejan aumentos en el precio\r\nde importación de las pilas.\r\n\r\n   Atento: a lo informado por la Comisión Asesora creada por decreto de 17\r\nde febrero de 1960,\r\n\r\n                  El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/167-1977/1" 
 ,"textoArticulo" : " Modifícanse los precios CIF (promedio) para la importación de pilas secas\r\ncomunes, los que quedarán fijados en:\r\n\r\n Pilas secas comunes hasta 15 mms. de diámetro, U$S 0.05 c/u.\r\n\r\n Pilas secas comunes de 15 mms. hasta 25 mms. de diámetro, U$S 0.075 c/u.\r\n\r\n Pilas secas comunes de más de 25 mms. de diámetro, U$S 0.10 c/u.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/167-1977/2" 
 ,"textoArticulo" : " Publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI\r\n " 
 }