APROBACION DE LA REESTRUCTURA DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA




Promulgación: 30/05/2005
Publicación: 10/06/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2005
  •    Página: 850
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.706 de 04/11/2003 artículo 2.
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - REESTRUCTURA

Artículo 5

 Creaciones y supresiones de funciones.- Créase la función de sub -
Director General. La persona que desempeñará dicha función será designada
por el Poder Ejecutivo, entre funcionarios públicos del Inciso 05
Ministerio de Economía y Finanzas con una antigüedad no menor a un año.
Desarrollará las tareas que le delegue el Director General de Rentas,
conforme a las normas legales vigentes y lo sustituirá en caso de
vacancia temporal.-
Créase la función de Director de la División Grandes Contribuyentes.-
Créase las funciones de Adjunto y Encargado del Departamento Planeamiento
Operativo de la División Grandes Contribuyentes.-
Créase la función de Auditor General Interno, la persona que desempeñará
dicha función será designada por el Ministerio de Economía y Finanzas a
propuesta de la Dirección General de Rentas.-
En la Auditoría Interna créase la función de Encargado de la Sección
Auditoría.-
En la Asesoría Tributaria, sustitúyense las funciones de Encargados de
Preparación y Revisión de Normas Tributarias, Análisis de Tributación
Comparada y Proyección de Modificaciones del Sistema Tributario por la de
Asesores y suprímense las funciones de Encargados de Archivo de
Antecedentes Técnicos de Dirección General y Estudio de Convenios
Internacionales.-
En la Asesoría Económica, sustitúyense las funciones de Encargados de
Análisis y Evaluación de la Política Tributaria y Proyección y Análisis
de los Recursos Tributarios por la de Asesores y suprímense las funciones
de Encargados de Estadísticas y de Análisis y Mantenimiento de la Base de
Datos.-
En la Asesoría en Planificación, Organización y Control, suprímese la
función de Encargado de Evaluación.-
En el Departamento Apoyo Técnico-Administrativo de la Dirección General,
suprímese la función de Encargado de Apoyo Técnico.-
En el Departamento Planeamiento Operativo de la División Recaudación,
suprímense las funciones de Encargados: de Coordinación Interior, y de
Evaluación y Estadísticas.-
En el Departamento Planeamiento Operativo de la División Fiscalización,
suprímense las funciones de Encargados: de Programas Interior, de
Evaluación y Estadísticas, y de Coordinación Interior.-
En la División Administración, suprímense las funciones de Encargados: de
Asistencia y Coordinación del Departamento Apoyo Técnico, de Tesorería, y
de Biblioteca del Departamento de Capacitación.-
En la División Técnico-Fiscal, suprímense las funciones de: Servicios de
Apoyo del Departamento Difusión de Normas, Apoyo Jurídico del
Departamento Apoyo Técnico y Apoyo Técnico del Departamento
Jurídico-notarial.-
En la División Interior suprímese la función de Administración de
Documentos del Departamento Apoyo Técnico Administrativo y la Sección
Apoyo Técnico Administrativo.-
En un plazo de 90 días, a partir de la vigencia del presente Decreto, la
Dirección General Impositiva elevará a consideración del Ministerio de
Economía y Finanzas la actualización de su estructura organizativa con la
incorporación de las creaciones, supresiones y modificaciones de
funciones previstas en este Decreto.-
Como consecuencia de los avances del Proyecto de Modernización de la
Dirección General Impositiva, esta deberá elevar al Ministerio de
Economía y Finanzas, en un plazo máximo de 24 meses, a partir de la
vigencia del presente Decreto, las adecuaciones a la estructura
organizativa que sean necesarias para mejorar la eficiencia, efectividad
y calidad de sus servicios. Dichas propuestas podrán presentarse de forma
parcial o integral, de acuerdo a las necesidades de una buena gestión.
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