{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "166" 
  ,"anioNorma" : 1987 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE BHU. EJERCICIO 1986" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1987/06/01/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "25/03/1987" 
  ,"fechaPublicacion" : "01/06/1987" 
  ,"vistos" : "    Visto: la necesidad de realizar una adecuación al Presupuesto Operativo\r\ndel Banco Hipotecario del Uruguay.\r\n\r\n   Resultando: I) Que por decreto de fecha 8 de octubre de 1986, el Poder\r\nEjecutivo aprobó el Presupuesto del Banco Hipotecario del Uruguay para el\r\nejercicio 1986;\r\n\r\n   II) Que por resolución de Directorio del 15 de octubre de 1986 se\r\nsolicita una ampliación presupuestal en los rubros 2 \"Materiales y\r\nSuministros\" y 3 \"Servicios No Personales\";\r\n\r\n   Considerando: I) Que las ampliaciones solicitadas están debidamente\r\njustificadas por los mayores niveles de actividad del Banco Hipotecario\r\ndel Uruguay;\r\n\r\n   II) Que las mismas se encuentran comprendidas dentro de los lineamientos de la política económica propiciada por el gobierno;\r\n\r\n   III) Que es necesario realizar modificaciones presupuestales que\r\nautoricen el financiamiento de las mismas;\r\n\r\n   Atento: I) a lo expuesto precedentemente y a lo establecido por el\r\nartículo 221 de la Constitución de la República;\r\n\r\n   II) A que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su\r\ninforme y el Tribunal de Cuentas de la República su dictamen,\r\n\r\n   El Presidente de la República\r\n\r\n                           DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/166-1987/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Amplíanse las partidas aprobadas para los rubros 2 \"Materiales y\r\nSuministros\" y 3 \"Servicios No Personales\" del presupuesto operativo del\r\nBanco Hipotecario del Uruguay para el ejercicio 1986 en los siguientes\r\nimportes:\r\n\r\nRubro               Denominación                              N$\r\n\r\n  2            Materiales y Suministros                   46.000.000.00\r\n  3            Servicios No Personales                    48.000.000,00\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/166-1987/2" 
 ,"textoArticulo" : "    El Banco Hipotecario del Uruguay dispondrá la apertura programática\r\nde las partidas establecidas en el presente decreto y las comunicará a la\r\nOficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas de la\r\nRepública, en un plazo de 30 (treinta) días a partir de la publicación del\r\npresente decreto.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/166-1987/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Dése cuenta a la Asamblea General.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/166-1987/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese, etc..\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - LUIS MOSCA\r\n " 
 }