REGLAMENTACION DEL ART. 41 DE LA LEY 19.355 RELATIVO A TRANSFERENCIA DE PARTIDAS PRESUPUESTALES DE LAS UNIDADES EJECUTORAS QUE SE DETERMINAN




Promulgación: 30/05/2016
Publicación: 10/06/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 41.

Artículo 7

   La Presidencia de la República dispondrá en lo pertinente los actos jurídicos y operaciones materiales que fueren necesarios, dentro del ámbito de su competencia, para el efectivo cumplimiento de lo dispuesto en la Ley que se reglamenta y en el presente Decreto.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 8 (vigencia).
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