{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "162" 
  ,"anioNorma" : 2024 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DEL MODELO ANEXO APROBADO POR EL ART. 2° DEL DECRETO 304/023, RELATIVO A LA APROBACION DEL PASAPORTE EQUINO UNICO OBLIGATORIO\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2024/06/13/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "24/05/2024" 
  ,"fechaPublicacion" : "13/06/2024" 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/162-2024?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : "    VISTO: el Decreto N° 304/023, de 10 de octubre de 2023, reglamentario del artículo 174 de la Ley N° 20 075, de 20 de octubre de 2022;\r\n\r\n   RESULTANDO: I) que por el mencionado Decreto en el artículo 2°) se aprobó el Pasaporte Equino Único;\r\n\r\n   II) que se ha constatado en el modelo de Pasaporte Equino Único anexo un error en cuanto a la vigencia del mismo y respecto a la \"Fecha Emisión (solo FUDE)\", corresponde sustituir por \"Fecha Emisión\";\r\n\r\n   CONSIDERANDO: que es conveniente sustituir el modelo de Pasaporte Equino Único aprobado por el Decreto N° 304/023, de 10 de octubre de 2023, por los argumentos anteriormente expuestos;\r\n\r\n   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley N° 3.606, de 13 de abril de 1910, modificativas, concordantes y reglamentarias; artículo 144 de la Ley N° 13.835, de 7 de enero de 1970 en la redacción dada por el artículo 134 de la Ley N° 18.996, de 7 de noviembre de 2012; artículos 261, 279 y 285 de la Ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996 en la redacción dada por el artículo 87 de Ley N° 19.535, de 25 de septiembre de 2017; Ley N° 17.950, de 8 de enero de 2006, modificativas, concordantes y reglamentarias; Ley N° 17.997, de 2 de agosto de 2006, modificativas, concordantes y reglamentarias; artículo 215 de la Ley N° 18.362, de 6 octubre de 2008; Capítulo V de la Sección VI de la Ley N° 19.889, de 8 de julio de 2020 y Decreto N° 290/013, de 9 de septiembre de 2013;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/162-2024/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Sustitúyese el modelo anexo aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 304/023, de 10 de octubre de 2023, por el presente modelo adjunto <IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0> que se tendrá como parte integrante del presente Decreto. " 
  ,"notasArticulo" : "<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0 ><b><font color=\"#008200\">&nbsp;Ampliar información en imagen electrónica:</font></b> Decreto <a href=\"/diariooficial/2024/06/13/3\" target=\"_blank\">Nº 162/024</a> de \r\n24/05/2024.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/162-2024/2" 
 ,"textoArticulo" : "    El incumplimiento de las disposiciones precedentes y de las reglamentaciones que se dicten a su amparo, podrá aparejar para el responsable, la aplicación de lo dispuesto por el artículo 144 de la Ley N° 13.835, de 7 de enero de 1970, en la redacción dada por el artículo 134 de la Ley N° 18.996, de 7 de noviembre de 2012 y artículo 285 de la Ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por el artículo 87 de la Ley N° 19.535, de 25 de setiembre de 2017.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/162-2024/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    LACALLE POU LUIS - FERNANDO MATTOS - NICOLÁS MARTINELLI - AZUCENA ARBELECHE - ARMANDO CASTAINGDEBAT - PABLO DA SILVEIRA - JOSÉ LUIS FALERO - EDUARDO SANGUINETTI " 
 }