FIJACION DE LAS CONDICIONES AMBIENTALES APLICABLES A ESTABLECIMIENTOS DE ENGORDE DE BOVINOS A CORRAL CON DESTINO A FAENA. MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL Y AUTORIZACIONES AMBIENTALES




Promulgación: 04/06/2014
Publicación: 12/06/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2014
  •    Página: 1152

Artículo 7

 (Ampliación de instalaciones). Agrégase al artículo 25 del Decreto
349/005, de 21 de setiembre de 2005, el siguiente literal: (*)


En ese caso, la ampliación podrá ser ejecutada bajo responsabilidad del
titular, con la solicitud de autorización en trámite, en las condiciones
previstas en el literal "a" del artículo 25 del Decreto 349/005, de 21 de
setiembre de 2005.

Los establecimientos comprendidos en el artículo 1°, con una capacidad de
encierro menor a 500 (quinientos) animales, que de cualquier forma
ampliaran su capacidad de encierro, deberán solicitar la autorización de
desagüe, según lo previsto en el artículo 5° del presente decreto.

(*)Notas:
Ver: Texto.
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