{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "162" 
  ,"anioNorma" : 1999 
  ,"nombreNorma" : "UNIDADES BASICAS DE LAS ARMAS DE INFANTERIA Y CABALLERIA. MODIFICACION DE\r\nDENOMINACION \r\n\r\n\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1999/06/18/23" 
    ,"fechaPromulgacion" : "08/06/1999" 
  ,"fechaPublicacion" : "18/06/1999" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "2" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1999 
  ,"pagina" : 1266 
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  ,"vistos" : " VISTO: los antecedentes por los cuales el Comando General del Ejército\r\nsolicita se modifique la denominación de determinadas Unidades Básicas de\r\nlas Armas de Infantería y Caballería, teniendo en cuenta el material que\r\ntienen asignado.-\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) la necesidad de optimizar el empleo de la Fuerza\r\nreasignando el material existente, acorde a lo preceptuado por el literal\r\nB del artículo 11 del Decreto-Ley 15.688 (Orgánico del Ejército) de fecha\r\nde 30 de noviembre de 1984.-\r\n\r\nII) que es necesario precisar que la adecuación propuesta no afecta la\r\nnominación de aquellas unidades a las cuales se ha distingudo con nombres\r\nde hecho o figuras de reconocido relieve histórico.-\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Comando\r\nGeneral del Ejército, a lo dictaminado por la Asesoría Letrada del\r\nMinisterio de Defensa Nacional y a lo preceptuado por las Leyes 16.441 y\r\n16.442 de 15 de diciembre de 1993, de fecha 5 de octubre de 1994, 16.961\r\nde 14 de mayo de 1998 y 17.024 de 10 de noviembre de 1998 y por los\r\nDecretos de fecha 14 de octubre de 1935, 504/983 de 28 de diciembre de\r\n1983, 236/986 de 29 de abril de 1986, 333/995 de 5 de setiembre de 1995 y\r\n222/998 de 12 de agosto de 1998.-\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/162-1999/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Establécese que las denominaciones de las Unidades de las Armas de\r\nInfantería y Caballería del Ejército Nacional que se mencionan, serán las\r\nsiguientes:\r\nBatallón \"Florida\" de Infantería Nro. 1.-\r\nBatallón \"Resistencia\" de Infantería Mecanizado Nro. 2.-\r\nBatallón \"24 de abril\" de Infantería Mecanizado Nro. 3.-\r\nBatallón \"Oriental\" de Infantería Mecanizado Nro. 4.-\r\nBatallón \"Asencio\" de Infantería Mecanizado Nro. 5.-\r\nBatallón \"Cap. Manuel Artigas\" de Infantería Mercanizado Nro. 6.-\r\nBatallón \"Ituzaingó\" de Infantería Mecanizado Nro. 7.-\r\nBatallón \"General Leandro Gómez\" de Infantería Mecanizado Nro. 8.-\r\nBatallón \"Rincón\" de Infantería Mecanizado Nro. 9.-\r\nBatallón \"33 Orientales\" de Infantería Mecanizado Nro. 10.-\r\nBatallón \"Brig. Gral. Juan A. Lavalleja\" de Infantería Mecanizado Nro.\r\n11.-\r\nBatallón \"Leonardo Olivera\" de Infantería Mecanizado Nro. 12.-\r\nBatallón de Infantería Blindado Nro. 13.-\r\nBatallón de Infantería Paracaidista Nro. 14.-\r\nBatallón de Infantería Mecanizado Nro. 15.-\r\nRegimiento \"Blandengues de Artigas\" de Caballería Nro. 1.-\r\nRegimiento \"Tte. Gral. Pablo Galarza\" de Caballería Blindado Nro. 2.-\r\nRegimiento \"Brig. Gral. F. Rivera\" de Caballería Mecanizado Nro. 3.-\r\nRegimiento de Caballería Mecanizado Nro. 4.-\r\nRegimiento \"Misiones\" de Caballería Blindado Nro. 5.-\r\nRegimiento \"Atanasildo Suárez\" de Caballería Mecanizado Nro. 6.-\r\nRegimiento de Caballería Mecanizado Nro. 7.-\r\nRegimiento \"Patria\" de Caballería Blindado Nro. 8.-\r\nRegimiento de Caballería Mecanizado Nro. 9.-\r\nRegimiento \"Guayabos\" de Caballería Mecanizado Nro. 10.-\r\n " 
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 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/162-1999/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese y pase al Comando General del Ejército para su\r\nconocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese.-\r\n " 
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  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - JUAN LUIS STORACE\r\n " 
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