El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
VISTO: los compromisos asumidos por Uruguay en el marco de la Alianza para el Gobierno Abierto (Open Government Partnership);
RESULTANDO: I) que la Alianza para el Gobierno Abierto, cuyo lanzamiento se realizó el 20 de setiembre de 2011 en oportunidad del 66° Período de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, se sustenta en el compromiso de sus miembros de fomentar una cultura global de gobierno abierto y promoción de sus ideales;
II) que, en dicho marco, los gobiernos participantes deben presentar planes de acción que incluyan compromisos concretos en una amplia gama de temas, de forma de promover los valores de participación, transparencia y rendición de cuentas;
III) que, por Decreto N° 259/012, de 13 de agosto de 2012, Uruguay se adhirió a la citada Alianza y por Decreto N° 357/016, de 7 de noviembre de 2016, se dispuso la creación del Grupo de Trabajo de Gobierno Abierto integrado por diversos organismos del Estado y representantes de la sociedad civil, coordinado por la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC);
IV) que entre los cometidos de dicho Grupo de Trabajo se encuentra la elaboración del Plan de Acción de Gobierno Abierto y posterior recomendación para su aprobación al Poder Ejecutivo, según corresponda;
V) que desde el 2012 a la fecha Uruguay ha presentado y ejecutado cuatro Planes de Acción, aprobados por los Decretos N° 259/012, de 13 de agosto de 2012, N° 329/014, de 10 de noviembre de 2014, N° 460/016, de 30 de diciembre de 2016 y N° 1/019, de 7 de enero de 2019;
VI) que la actual Política Digital del Uruguay, reflejada en la Agenda Digital Uruguay 2025 aprobada por Decreto N° 134/021, de 4 de mayo de 2021, se sustenta, entre otros, en la profundización de iniciativas de transparencia y acceso a la información pública, la adopción de mecanismos que habiliten la rendición de cuentas, el uso eficiente de los recursos dentro del Estado, y la apertura y publicación de datos en formatos abiertos;
CONSIDERANDO: I) que los objetivos de la Alianza para el Gobierno Abierto se alinean con la Política Digital del país, reflejada en los referidos documentos;
II) que en ese sentido, y en función de sus cometidos, el Grupo de Trabajo de Gobierno Abierto elaboró el quinto Plan de Acción Nacional de Gobierno Abierto de Uruguay 2021 - 2024;
III) que el Plan de Acción indicado, se elaboró a través de un proceso de co-creación, diálogo y consulta pública, con la participación organizaciones públicas, de la sociedad civil, academia y sector privado y constituye un conjunto relevante de compromisos con metas concretas, sujeto a un seguimiento y monitoreo de cumplimiento;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase el "5° Plan de Acción Nacional de Gobierno Abierto de Uruguay 2021 - 2024", cuyas líneas de acción, compromisos y metas se adjuntan (*) y forman parte del presente Decreto.
BEATRIZ ARGIMÓN - LUIS ALBERTO HEBER - FRANCISCO BUSTILLO - AZUCENA ARBELECHE - JAVIER GARCÍA - PABLO DA SILVEIRA - JOSE LUIS FALERO - OMAR PAGANINI - PABLO MIERES - DANIEL SALINAS - FERNANDO MATTOS - TABARÉ VIERA - IRENE MOREIRA - MARTÍN LEMA - ADRIAN PEÑA