{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "16" 
  ,"anioNorma" : 2011 
  ,"nombreNorma" : "COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR. APROBACION DE LA NORMA DE CONTROL ADUANERO EN LAS ADMINISTRACIONES ADUANERAS DEL MERCOSUR. CODIGO ADUANERO DEL MERCOSUR" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2011/02/02/9" 
    ,"fechaPromulgacion" : "19/01/2011" 
  ,"fechaPublicacion" : "02/02/2011" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2011 
  ,"pagina" : 128 
  } 
  ,"vistos" : " \r\nVISTO: la Directiva N° 32/08 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR, que\r\naprueba la \"Norma de Control Aduanero en las Administraciones Aduaneras\r\ndel MERCOSUR\".\r\n\r\nRESULTANDO: que de acuerdo a lo que surge del artículo 40 del Protocolo de\r\nOuro Preto sobre la Estructura Institucional del MERCOSUR, aprobado por\r\nLey N° 16.712, de 1° de setiembre de 1995, los Estados Partes se\r\ncomprometen a adoptar todas las medidas necesarias para asegurar en sus\r\nrespectivos territorios el cumplimiento de las normas emanadas de los\r\nórganos del MERCOSUR, efectuando su comunicación a la Secretaría\r\nAdministrativa en el marco del procedimiento de entrada en vigencia\r\nsimultánea de las normas.\r\n\r\nCONSIDERANDO: que es necesario proceder a la incorporación de la Decisión\r\ndel Consejo Mercado Común a que alude el Visto al ordenamiento jurídico\r\ninterno, de conformidad a lo establecido en el artículo 42 del mencionado\r\nProtocolo de Ouro Preto.\r\n\r\nATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de Aduanas.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/16-2011/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Dispónese la incorporación al ordenamiento jurídico interno de la\r\nDirectiva N° 32/08 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR, que aprueba la\r\n\"Norma de Control Aduanero en las Administraciones Aduaneras del MERCOSUR\"\r\nque figura como Anexo y forma parte del presente Decreto. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-internacional/16-2011/1\" >Texto de la Norma Internacional</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/16-2011/2" 
 ,"textoArticulo" : "  La entrada en vigor de la mencionada Directiva se regulará por lo\r\nestablecido en el Capítulo IV del Protocolo de Ouro Preto sobre la\r\nEstructura Institucional del MERCOSUR.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/16-2011/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese a la Secretaría del MERCOSUR.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/16-2011/4" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " JOSE MUJICA - FERNANDO LORENZO - LUIS ALMAGRO " 
 }