FUNCIONARIOS ADUANEROS - VIATICOS DE CUSTODIA




Promulgación: 23/01/1990
Publicación: 05/04/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 9

  La Dirección Nacional de Aduanas instrumentará el procedimiento y las 
formalidades necesarias, a efectos de que los funcionarios designados 
para llevar a cabo la custodia, reciban el monto de los viáticos que les 
correspondan previo a la prestación del servicio.
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