FUNCIONARIOS ADUANEROS - VIATICOS DE CUSTODIA




Promulgación: 23/01/1990
Publicación: 05/04/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 3

  A los efectos de la presente reglamentación, se entenderá por lugar habitual de trabajo, el de radicación de la Oficina en la que el funcionario desempeña normalmente su cometido.
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