FIJACION DE REQUISITOS PARA EL INGRESO AL CURSO DE CADETES DE LA ESCUELA NACIONAL DE POLICIA




Promulgación: 21/01/1986
Publicación: 09/05/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 45
Referencias a toda la norma

Artículo 7

   Los Fallos de los Tribunales Examinadores son inapelables, pero los
miembros del mismo podrán ser llamados por el Director de la Escuela o el
jefe de Estudios, a dar aclaraciones, para lo cual, llevarán
obligatoriamente, toda la documentación referente al alumno.
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