REGLAMENTACION DE LA LEY 19.337 RELATIVA AL FUNCIONAMIENTO DEL FONDO PARA EL DESARROLLO (FONDES) Y DEROGACION DE LOS DECRETOS 341/011, 117/013, 45/014, 100/015 Y 238/015




Promulgación: 30/05/2016
Publicación: 08/06/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.337 de 20/08/2015.

Artículo 3

   El FONDES tendrá los siguientes cometidos generales:
A) Promover y apoyar la profesionalización, la aplicación de las mejores
   prácticas de gestión empresarial, el incremento de la productividad y
   la sustentabilidad de los emprendimientos apoyados.
B) Promover y apoyar las acciones de Responsabilidad Social Empresarial,
   especialmente las vinculadas a la capacitación y motivación del
   personal.
C) Promover la participación del sistema financiero en la financiación de
   los proyectos elegibles de modo de maximizar la utilización de los
   instrumentos disponibles a estos efectos.
D) Promover la reinversión de las utilidades en los emprendimientos
   apoyados con la finalidad de incrementar la productividad y favorecer
   la sustentabilidad.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 4 y 5.
Ayuda