REGLAMENTACION DE LA LEY 19.337 RELATIVA AL FUNCIONAMIENTO DEL FONDO PARA EL DESARROLLO (FONDES) Y DEROGACION DE LOS DECRETOS 341/011, 117/013, 45/014, 100/015 Y 238/015




Promulgación: 30/05/2016
Publicación: 08/06/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.337 de 20/08/2015.

Artículo 10

   Las empresas que reciban apoyo del FONDES deberán comprometerse a la reinversión de utilidades, y a no tomar préstamos u otorgar garantías sin autorización de la institución administradora de la partición respectiva, mientras no se haya producido el reintegro total de los apoyos reembolsables recibidos o se encuentren vigentes las garantías, cualquiera sea su naturaleza.

   Los reglamentos operativos previstos en el literal A) del artículo 6° del presente decreto preverán los mecanismos para el establecimiento y control de este compromiso, incluyendo las penalidades que correspondan en caso de incumplimiento.
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