El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Artículo 4
Los importes establecidos en el Artículo 1° del presente Decreto, serán ajustados en la misma oportunidad y con los mismos criterios que establezca el Poder Ejecutivo para los incrementos salariales de los funcionarios de la Administración Central y no será utilizada como base de cálculo de ninguna otra retribución que se fije en base a porcentajes.