INCORPORACION OPCIONAL PARA FUNCIONARIOS CIVILES NO EQUIPARADOS A MILITARES AL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD




Promulgación: 11/03/2008
Publicación: 27/03/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 672

Artículo 2

 A los efectos de lo dispuesto en el artículo anterior deberán presentarse
por escrito manifestando si continuarán en la situación actual como
beneficiarios del Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas o, por el
contrario, optan por no ser usuarios de dicho servicio. Esta manifestación
de voluntad deberán realizarla en las respectivas dependencias del
Ministerio de Defensa Nacional donde prestan sus funciones, las cuales, a
su vez, la comunicarán por escrito al Servicio de Sanidad de las Fuerzas
Armadas.
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