COMPENSACION POR CUOTA MUTUAL DE SERVICIOS DE ASISTENCIA MEDICA. REDUCCION DEL GASTO PUBLICO




Promulgación: 30/04/2002
Publicación: 07/05/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 626
Referencias a toda la norma

Artículo 4

 En caso de no existir convenios vigentes, exhórtase a los organismos 
referidos en el artículo 1º, a que en un plazo de 60 días contados a 
partir de la fecha de vigencia del presente decreto, a adecuar los costos 
de las prestaciones al tope máximo a que refiere el mismo.
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