POLITICA AGROPECUARIA. COMERCIO EXTERIOR. EXPORTACIONES. CUERO Y CALZADO




Promulgación: 22/02/1973
Publicación: 01/03/1973

Resumen:

Establécese que los frigoríficos exportadores y mataderos habilitados 
destinarán determinado porcentaje de cueros de ganado vacuno, al 
abastecimiento de la industria exportadora de calzados, manufacturas y 
prendas de vestir de cuero. Créase una Comisión con el objetivo de 
controlar el cumplimiento del presente decreto.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas):
      Decreto Nº 949/973 de 09/11/1973,
      Decreto Nº 317/973 de 03/05/1973.

Artículo 1

Modificado y/o Anotado (referencias acotadas): Decreto Nº 140/974 de 
21/02/1974 artículo 1.


		
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