INDUSTRIA CARNICA. MATADEROS INDUSTRIALES




Promulgación: 02/04/1970
Publicación: 09/04/1970

Resumen:

Establécense normas complementarias relativas a la instalación y funcionamiento de establecimientos dedicados a la faena de haciendas con
destino a la industria en todo el territorio nacional. Establécense las
competencias conjuntas de los Ministerios de Industria y Comercio y de
Ganadería y Agricultura, en la materia quienes podrán acordar con las
Intendencias Municipales, la ejecución de medidas y contralores que
estimen convenientes.


		
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