{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "156" 
  ,"anioNorma" : 2009 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION REGLAMENTO DE TRANSPORTE DE PRODUCTOS FORESTALES EN RUTAS NACIONALES. REGLAMENTO NACIONAL DE CIRCULACION VIAL. MODIFICACIONES" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2009/04/03/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "16/03/2009" 
  ,"fechaPublicacion" : "03/04/2009" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2009 
  ,"pagina" : 603 
  } 
  ,"vistos" : " \r\nVISTO: La iniciativa de la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio\r\nde Transporte y Obras Públicas, dirigida a introducir modificaciones en la\r\nreglamentación vigente sobre transporte de productos forestales, contenida\r\nen el Reglamento Nacional de Circulación Vial, aprobado por el Decreto Nº\r\n118/984, de 23 de marzo de 1984, y modificativos.\r\n\r\nRESULTANDO: I) Que el actual artículo 22.18 del referido Reglamento\r\nNacional es el que regula el transporte forestal en rutas nacionales.\r\n\r\nII) Que el transporte y la producción de ese tipo de productos ha venido\r\nexperimentando un importante aumento desde la aprobación de dicha norma.\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) Que es conveniente y necesario establecer una nueva\r\nreglamentación independiente, a través de la cual se regule en forma\r\nintegral dicho tipo de transporte, evitando distorsionar el articulado\r\nactual del Reglamento así como el contexto de las disposiciones del resto\r\ndel mismo.\r\n\r\nII) Que a tales efectos se hace necesario derogar el artículo 22.18 y\r\naprobar un Reglamento específico sobre transporte de productos forestales.\r\n\r\nIII) Que la referida iniciativa tiene el objetivo de incorporar nuevas\r\nexigencias adaptadas a las nuevas tecnologías disponibles en materia de\r\nestiba y seguridad en el transporte de productos forestales.\r\n\r\nIV) Que la Comisión Asesora Permanente del Ministerio de Transporte y\r\nObras Públicas prevista en el artículo 28.1 del Reglamento Nacional de\r\nCirculación Vial ha tomado intervención, prestando su conformidad con la\r\nmodificación en cuestión.\r\n\r\nATENTO: A lo dispuesto en el artículo 1.1 y en el artículo 28 del\r\nReglamento Nacional de Circulación Vial, aprobado por Decreto Nº 118/984\r\nde 23 de marzo de 1984, y modificativos.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,\r\n                    actuando en Consejo de Ministros.\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/156-2009/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Derógase el artículo 22.18, del Capítulo XXII, Título V del Reglamento\r\nNacional de Circulación Vial, aprobado por Decreto Nº 118/984, de 23 de\r\nmarzo de 1984, y modificativos. \r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/156-2009/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Modifícase el Artículo 27.12 del Reglamento Nacional de Circulación Vial\r\ncon la redacción dada por el artículo 3) del Decreto Nº 560/003, de 31 de\r\ndiciembre de 2003, el que quedará redactado de la siguiente forma: (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-reglamento/156-2009/2\" >Texto</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/156-2009/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Apruébase el \"Reglamento de Transporte de Productos Forestales en Rutas\r\nNacionales\", el que se anexa al presente Decreto y se considera parte\r\nintegrante del mismo. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-reglamento/156-2009_A/3\" >Texto</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/156-2009/4" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de Transporte a\r\nsus efectos. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - DAISY TOURNE - GONZALO FERNANDEZ - ALVARO GARCIA - JOSE BAYARDI - MARIA SIMON - VICTOR ROSSI - DANIEL MARTINEZ - EDUARDO BONOMI - MARIA JULIA MUÑOZ - ERNESTO AGAZZI - HECTOR LESCANO - CARLOS COLACCE - MARINA ARISMENDI\r\n\r\n " 
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