SUSCRIPCION DE ACTOS JURIDICOS Y COMUNICACIONES DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y PODER EJECUTIVO




Promulgación: 09/05/2005
Publicación: 13/05/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2005
  •    Página: 808
VISTO: EL Decreto 99/985 de 1º de marzo de 1985;

RESULTANDO: que por el mismo se estableció la forma en que deben ser
firmados los actos jurídicos y las comunicaciones de la Presidencia de la
República y del Poder Ejecutivo;

CONSIDERANDO: que se entiende oportuno y conveniente adecuar y
uniformizar el referido sistema;

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en los artículos 168 numeral 25 y
181 numeral 7 de la Constitución de la república;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
                     actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Los actos jurídicos y comunicaciones que expidan el Poder Ejecutivo, la
Presidencia de la República y los Ministerios deberán llevar la firma
completa de los titulares de dichos órganos.

Artículo 2

 Derógase el Decreto 99/985 de 1º de marzo de 1985.

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese, etc.

VAZQUEZ - JOSE DIAZ - MA. BERNABELA HERRERA - DANILO ASTORI - AZUCENA
BERRUTTI - FELIPE MICHELINI - VICTOR ROSSI - JORGE LEPRA - EDUARDO BONOMI -
MARIA JULIA MUÑOZ - JOSE MUJICA - ALBERTO PRANDI - JAIME IGORRA - MARINA
ARISMENDI
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