{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "155" 
  ,"anioNorma" : 2004 
  ,"nombreNorma" : "TRANSFERENCIA AL MINISTERIO DE TURISMO LA ADMINISTRACION DE LOS BIENES INMUEBLES QUE SE DETERMINAN" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2004/05/12/15" 
    ,"fechaPromulgacion" : "06/05/2004" 
  ,"fechaPublicacion" : "12/05/2004" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2004 
  ,"pagina" : 927 
  } 
  ,"vistos" : " VISTO: Los inmuebles propiedad del Estado \"Ruinas de la Capilla de Belén \r\ndel Colegio de las Huérfanas\" (Antigua Calera de las Huérfanas), \"Capilla \r\nde Juan de Narbona\" y \"Ventorrillo de la Buena Vista\".\r\n\r\nRESULTANDO: Que los mismos se encuentran bajo la administración del \r\nMinisterio de Educación y Cultura.\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) Que dichos bienes, por sus valores culturales, \r\nhistóricos, paisajísticos, etc., constituyen un motivo de atracción para \r\nel turismo.\r\n\r\nII) Que para el desarrollo de una adecuada política turística, se \r\nrequiere del máximo aprovechamiento de los recursos, como forma de \r\nampliar el elenco de opciones disponibles.\r\n\r\nIII) Que conforme a lo dispuesto por los literales a) y b) del artículo \r\n6to. del Decreto Ley Nº 14.335 de 23 de diciembre de 1974, compete al \r\nPoder Ejecutivo fijar y dirigir la política nacional de turismo, así como \r\ntambién planificar y promover el mejoramiento de la infraestructura \r\nturística.\r\n\r\nIV) Que el artículo 85º de la Ley Nº 15.851 de 24 de diciembre de 1986 \r\notorga al Ministerio de Turismo competencia para propender a la \r\nconservación de las bellezas naturales y a la defensa de la riqueza \r\nartística, histórica y cultural del país que puedan constituir atractivos \r\nturísticos.\r\n\r\nV) Que se estima conveniente que los inmuebles referidos pasen a ser \r\nadministrados por el Ministerio de Turismo.\r\n\r\nVI) Que el Ministerio de Educación y Cultura no plantea objeciones a la \r\ntransferencia de la administración de los bienes referidos a dicha \r\nSecretaría de Estado.\r\n\r\nATENTO: A lo expresado y a lo dispuesto por las normas citadas.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       \r\n                                                                          \r\n                                 DECRETA                                  \r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/155-2004/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Transfiérase la administración al Ministerio de Turismo de los bienes \r\ndenominados \"Ruinas de la Capilla de Belén del Colegio de las Huérfanas\" \r\n(Antigua Calera de las Huérfanas) y \"Capilla de Juan de Narbona\" sitos en \r\nel Departamento de Colonia y \"Ventorillo de la Buena Vista\" ubicado en el \r\nDepartamento de Lavalleja.\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> Decreto Nº 77/018 de 22/03/2018 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/77-2018/1\" >1</a> (deja sin efecto la \r\ntransferencia al Ministerio de Turismo).\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/155-2004/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese y pase al Ministerio de Turismo.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " BATLLE - JUAN BORDABERRY - LEONARDO GUZMAN\r\n\r\n\r\n " 
 }